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¿Puedo salir antes del trabajo si no voy a comer? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Esta es una de las dudas más frecuentes entre los trabajadores mexicanos, aquí te damos la respuesta que estabas buscando para poder salir un poco antes.
jueves, 26 de septiembre de 2024 · 20:00

¿Puedo salir antes del trabajo si no voy a comer?, es la pregunta que se hacen miles de trabajadores mexicanos y hoy te vamos a contar que es lo que dice la Ley federal del Trabajo al respecto, para que utilices este conocimiento de ahora en adelante para tu beneficio o para saber que debes tomar tus alimentos.

Comencemos por mencionar que las jornadas laborales en el país dependen del horario en el que decidas tomar tu vacante, pues por la mañana son de 9 horas con 8 de ellas laborables, mientras que en la tarde serán de 8 con 7 de ellas dedicadas a tus labores, por los descansos que se establecen en la constitución.

Ahora volviendo a la pregunta, ¿Puedo salir antes del trabajo si no voy a comer?, la Ley Federal del trabajo dice en el artículo 63  que los trabajadores tienen derecho a un período de descanso para la comida, el cual debe ser de al menos 30 minutos si cumplen 6 horas o más, mismo que no se considera parte de la jornada, y su duración puede ser acordada entre el empleador y el trabajador.

Sin embargo, no hay una mención clara sobre la posibilidad de retirarte temprano si decides no tomar tus alimentos en el periodo establecido, pero hay una pequeña luz de esperanza para todos en el siguiente apartado de este mandato federal, que hay que aclarar, aplica en todo el territorio nacional.

¿Qué dice el artículo 64 de la Ley Federal del Trabajo?

El artículo 64 de la Ley Federal del Trabajo dice que en caso de que un trabajador no pueda disfrutar de su descanso, dicho tiempo se contabilizan como horas efectivas de trabajo, lo que le permite retirarse antes de su jornada habitual, así es, ya sea por tus alimentos o por otra cuestión es una realidad.

Así que la siguiente ocasión que alguien te pregunte, ¿Puedo salir antes del trabajo si no voy a comer?, ya sabes que la respuesta es un sí rotundo, pues, al ser considerado como un periodo en el que continuaste con actividades normales, se recorre de tu hora de salida, aunque tus jefes no estén muy de acuerdo con ello.