Café Globo

¿Te pueden despedir por lo que publicas en redes? Mario Rebolledo responde | Café Globo

En Café Globo, el abogado Mario Rebolledo analiza la compleja relación entre el uso de las redes sociales y el ámbito laboral.
lunes, 27 de julio de 2026 · 18:30

En la era digital, la frontera entre la vida personal y el entorno profesional es cada vez más delgada. Una fotografía del fin de semana, un meme en el grupo de WhatsApp del trabajo o un comentario en Facebook suelen detonar una duda recurrente entre los empleados: ¿me pueden despedir por mis publicaciones en redes sociales?

Para resolver esta incertidumbre, en Café Globo analizamos los alcances legales de la actividad digital con el Dr. Mario Alberto Rebolledo, especialista en Derecho del Trabajo y autor del libro Recomendaciones laborales prácticas para teletrabajo.

Videos de fiesta y alcohol: ¿Son causa de despido justificado?

Es habitual que tras una reunión de fin de semana circulen videos o fotos ingiriendo alcohol o en situaciones bochornosas. Sin embargo, existe un criterio claro en la legislación laboral: si la conducta ocurre fuera del lugar de trabajo y fuera del horario laboral, no es causa de despido.

El comportamiento en el ámbito privado, junto a familiares o amigos, no interfiere con las obligaciones establecidas en el contrato. Por lo tanto, el empleador no tiene la facultad de sancionar ni rescindir la relación de trabajo por eventos ocurridos en la vida privada del colaborador.

La regla de los 30 días: ¿El patrón puede sancionarte por publicaciones antiguas?

Un aspecto fundamental en materia de derecho laboral es la temporalidad de las faltas. Muchos trabajadores temen sufrir represalias por contenidos publicados años atrás o durante su etapa escolar.

Plazo legal de caducidad: La ley otorga al patrón un término estricto de 30 días para ejecutar un despido justificado, contados a partir de que ocurre la falta o desde el momento en que se tiene conocimiento de ella.

Publicaciones de años pasados: Si una empresa intenta separar de su cargo a un empleado por un tuit o video publicado hace 5 o 10 años, el despido se considera completamente injustificado.

¿Cómo proteger tu empleo y tus redes sociales?

Para evitar conflictos laborales sin renunciar a la privacidad en internet, se recomienda seguir estos principios básicos:

  • Revisa tu contrato laboral: Verifica si existen cláusulas sobre el uso de la imagen corporativa o redes sociales. Si el contrato no te exige crear perfiles profesionales, no estás obligado a hacerlo.
  • Separa tu perfil personal del profesional: Evita utilizar elementos de la empresa (logotipos, gafetes o uniformes) en contenido de entretenimiento personal.
  • Evita publicaciones por impulso: Actuar bajo el enojo o la molestia suele derivar en faltas de respeto documentables.

Para profundizar en estos temas, el Dr. Rebolledo recomienda su libro 'Recomendaciones laborales prácticas para teletrabajo', disponible en plataformas como Amazon y redes sociales especializadas