El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) informó que el depósito correspondiente al pago del mes de abril para pensionados y jubilados sufrirá un cambio.
Tal como lo venían anunciado desde el Gobierno, los beneficiarios de la Pensión ISSSTE cobrarán unos días antes el pago correspondiente al apoyo económico de abril. ¡Entérate cuándo es!
¿Cuándo cobro la Pensión ISSSTE de abril?
De acuerdo con el calendario de dispersiones emitido por el ISSSTE, los pagos de pensiones están programados para realizarse en los últimos días de cada mes. Para el resto del año, el instituto continuará aplicando esta mecánica, salvo ajustes específicos que serán notificados por los canales oficiales del organismo.
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Respecto al pago correspondiente al mes de abril, desde el Gobierno confirmaron que se adelantará al jueves 27 de marzo de 2025. El anticipo responde a la estrategia del instituto para asegurar que los beneficiarios cuenten con sus recursos antes del inicio del mes siguiente. Usuarios en redes sociales habían consultado la fecha exacta del depósito, ante lo cual el ISSSTE respondió de manera oficial señalando el día mencionado.
¿Cuáles son los tipos de pensiones del ISSSTE?
El ISSSTE administra varios tipos de pensiones, dependiendo del régimen al que pertenezca el trabajador, el tiempo de servicio y otras condiciones específicas. Los regímenes vigentes son:
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- Décimo Transitorio, correspondiente a quienes comenzaron a cotizar antes de la reforma de 2007.
- Cuentas Individuales, para quienes iniciaron cotización posterior a esa fecha o eligieron el nuevo esquema.
Entre los tipos de pensión que otorga el ISSSTE se encuentran:
Pensión por Jubilación: Otorgada a quienes cumplen con los requisitos de edad y años de servicio establecidos en su régimen.
- Pensión por Cesantía en Edad Avanzada: Para personas a partir de los 60 años que no alcanzan el tiempo de servicio requerido para jubilarse.
- Pensión por Vejez: Aplicable a personas mayores de 65 años que hayan cotizado al ISSSTE conforme a los lineamientos establecidos.
- Pensión por Invalidez o Riesgo de Trabajo: Destinada a quienes presentan una discapacidad derivada de enfermedad o accidente, que les impide continuar con su actividad laboral.
- Pensiones por Viudez, Orfandad o Ascendencia: Correspondientes a familiares directos de trabajadores fallecidos, según lo establecido por la Ley del ISSSTE.
¿Cuáles son las recomendaciones para beneficiarios de las pensiones del ISSSTE?
El ISSSTE recomienda a los beneficiarios mantenerse informados exclusivamente a través de canales oficiales, como su página web institucional, redes sociales verificadas y oficinas delegacionales. El instituto también advierte sobre posibles fraudes o mensajes falsos que circulan por medios no oficiales.
Asimismo, los pensionados pueden solicitar asesoría personalizada sobre su tipo de pensión, requisitos para trámites o actualizaciones de datos en los módulos de atención distribuidos en las entidades federativas.